Norma
fue publicada hoy y su reglamento saldrá en 60 días
Lima, dic. 09 (ANDINA).
Fue publicada hoy la ley que establece la moratoria de 10 años para el ingreso
o producción en el Perú de organismos vivos modificados, conocidos como
transgénicos, con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuáticos a ser
liberados en el ambiente.
Ciruela
transgénica.
Foto:
Andina/Internet.
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Se excluye de los
alcances de esta ley a los organismos vivos modificados (OVM) destinados a la
investigación, así como a aquellos usados como productos farmacéuticos y
veterinarios que se rigen por normas específicas y tratados internacionales de
los cuales el país es parte.
También quedan
excluidos de la norma los OVM y/o sus productos derivados importados para fines
de alimentación directa humana y animal, o para su procesamiento, indica la
norma. En todos estos casos, los OVM deben ser sujetos a un análisis de riesgo
antes de su uso.
El material genético
que ingrese al país, salvo lo exceptuado en la norma, debe acreditar su
condición de no ser organismo vivo modificado, de lo contrario, la autoridad
nacional competente procederá a decomisarlo y destruirlo, y a sancionar como
corresponda.
De acuerdo con esta
ley, la vigilancia y ejecución de las políticas de conservación de los centros
de origen y la biodiversidad, así como controlar el comercio transfronterizo,
corresponde a los ministerios de Agricultura, Salud, Producción y Ambiente.
Como parte de esta
norma, también se crea la Comisión Multisectorial de Asesoramiento para el
centro de desarrollo de las capacidades e instrumentos que permitan una
adecuada gestión de la biotecnología moderna, la bioseguridad y la bioética.
De igual forma, se
menciona que el Ministerio del Ambiente informará anualmente al Congreso de la
República sobre los avances y resultados de la labor encomendada a dicho
sector, que será el centro focal nacional y la autoridad nacional competente en
estos casos. (FIN) MVF/RRC
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