Para
el 2012
Lima, ene. 03 (ANDINA). Los
trabajadores independientes que emiten recibos por honorario y perciben
ingresos mensuales que no superen los 2,661 nuevos soles ya pueden iniciar el
trámite para solicitar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (Sunat) la suspensión de retenciones y/o pagos a
cuenta del Impuesto a la Renta.
De esta manera, los
contribuyentes que se encuentran exclusivamente en Cuarta Categoría ya no
estarán afectos a la retención y/o pago a cuenta que realiza el empleador
mensualmente por concepto de Impuesto a la Renta.
Según una resolución de
la Sunat publicada el fin de semana, quienes proyecten sus ingresos anuales
durante el 2012 y no superen los 31,938 soles podrán solicitar la suspensión de
retenciones y/o pagos a cuenta.
Para realizar dicho
trámite, el contribuyente deberá ingresar a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y acceder a la opción
Sunat Operaciones en Línea (SOL), donde podrá ubicar el Formulario Virtual N°
1609.
Luego de colocar la
información solicitada y previa validación de los datos por parte de la Sunat,
se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión.
Precisó que si en un
determinado mes se perciben rentas que superan los montos antes señalados, los
contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la
Renta (que asciende al diez por ciento del monto percibido). (FIN) JPC/JPC
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